¿Hasta cuándo puede mantener un ¨listado de morosos” mi deuda?
En infinidad de ocasiones, mis clientes me han preguntado ¿hasta cuándo puede mantener un listado de morosos mi deuda?. Lo cierto es que viene perfectamente señalado en el artículo 20 d) de la actual LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos). Por su claridad, reproducimos aquí el artículo, ilustrativo además de los requisitos a cumplir para que una deuda pueda a aparecer en ese listado, sea cual sea la empresa que lo trate: “Artículo 20. Sistemas de información crediticia. Salvo prueba en contrario, se presumirá lícito el tratamiento de datos personales relativos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, financieras o de... Read More




