¿Cancelar deudas sin perder tu casa? Claves sobre el tratamiento de la vivienda habitual
La denominada “Ley de Segunda Oportunidad”, Ley 25/2015 de 29 de julio, actualmente integrada en el Texto Refundido de la Ley Concursal tras la reforma operada por la Ley 16/2022 de 5 de septiembre, permite a las personas físicas cancelar sus deudas mediante la exoneración del pasivo insatisfecho -EPI-. Una de las mayores preocupaciones de quienes acuden a este mecanismo es, qué ocurre con su vivienda habitual: ¿se pierde necesariamente o puede conservarse? La respuesta no es única, y depende de varios factores. Tradicionalmente, bajo el régimen anterior, la regla general era que se procedía a la liquidación del patrimonio... Read More




