¿Has avalado con tu coche para conseguir financiación? Te contamos qué hay detrás en muchos casos de esta operativa y cómo proteger tus derechos.
En este largo periodo de crisis financiera que venimos padeciendo, son cada vez más las empresas que se ofrecen en las redes con el objetivo de captar personas en situaciones vulnerables, ofreciendo supuestas soluciones milagrosas para su penosa situación financiera con productos que, en realidad, esconden situaciones leoninas y usureras.
Últimamente, estamos recibiendo en RED ABAFI Abogados y Economistas consultas de clientes en busca de asesoramiento para encontrar una salida a la situación en la que se ven envueltos tras exponer su coche para obtener un pequeño crédito, que finalmente se convierte en una deuda casi imposible de afrontar y que, en muchos casos, les lleva a la pérdida de su vehículo.
Estas empresas se publicitan con slogans como estos: “DINERO POR TU COCHE SIN DEJARLO”, “CONSIGUE DINERO CON TU COCHE Y SIGUE CONDUCIENDO”, “PRÉSTAMO POR TU COCHE, SIN AVALES, NI NOMINA Y SIGUE CONDUCIENDO”, “¿NECESITAS DINERO Y TU BANCO TE DICE QUE NO? YA PUEDES CONSEGUIR DINERO RÁPIDO SOLO CON TU COCHE QUE PODRÁS SEGUIR CONDUCIENDO”. Algunas de estas empresas son: Gedescoche, Carbank, Ibancar, Flexiauto, Flexilines,… entre otras tantas.
A primera vista todo es rápido y sencillo; no tienes que hipotecar nada, no tienes que tener nómina, no importa que estés incluido en ficheros de morosos,… ¡solo tienes que tener un coche! Es tan sencillo como hacer click, y la empresa, tras la valoración de tu vehículo, te presta la cantidad que necesitas. Y además, sigues conduciendo tu coche.
¿Qué hay detrás de tanta facilidad para obtener un dinero rápido? La firma de un “contrato de compraventa con pacto de retroventa” por el que la empresa pasa a ser la propietaria de tu coche; por otro lado, y en el mismo acto, un “contrato de alquiler de vehículos sin conductor” que permite al cliente seguir conduciendo su coche, eso sí, pagando ahora una cantidad en concepto de alquiler y sujeto a unas condiciones totalmente abusivas.
Un ejemplo real de los muchos que nos han llegado a RED ABAFI Abogados y Economistas:
Señor Guirado, ante una situación económica difícil en 2018, contrata con Gedescoche un crédito sobre su vehículo por el que, tras la valoración que hace la empresa de este en 5.000 euros (cantidad claramente inferior a su valor real), el Señor G. recibe 3.000 euros. Esto se hace mediante contrato de compraventa con retroventa, pasando la titularidad del coche a la empresa Gedescoche. A su vez, firma un contrato de alquiler para poder conducir su propio coche, por el que tiene que pagar 280 euros al mes de forma ilimitada. Tras 24 meses abonando dicha cantidad (6.720 euros en total), si el Señor G. quiere recuperar la propiedad de su coche, deberá abonar, además de los 6.720 euros ya pagados, otros 5.000 euros que corresponden al valor que la empresa fijó para su vehículo en el momento de la firma del primer contrato. En total tendría que pagar 11.720 euros por haber recibido un crédito de 3.000 euros.
Este es solo un caso de tantos atendidos en nuestros despachos, salvando las particularidades de cada empresa y contrato, los intereses abusivos, los negocios jurídicos encubiertos, las condiciones sorpresivas como comisiones y penalizaciones indebidas, hasta el punto de que, por incumplimiento del pago de una sola cuota, además de abonar tres veces más del capital prestado, la empresa puede reclamar incluso el robo del coche.
En RED ABAFI Abogados y Economistas, hemos conseguido sentencias que declaran este tipo de contratos nulos, condenando a las empresas a devolver todas las cantidades que cobraron de los clientes con sus respectivos intereses y a devolver la propiedad del vehículo; y al cliente, a devolver el capital prestado.
Lectores, ¡no caigáis en la trampa! Y, en caso de que ya sea tarde, contacta con nosotros, te ayudaremos a solucionarlo.
Autora: Mª Ángeles Álvarez García