Juzgado Huelva

El juzgado onubense especializado en cláusulas abusivas recibe más de 6.000 casos en su primer año

Señala la celebración de vistas para 2021

Tomando prestado el título de la obra maestra de Stanley Kubrick, 2001: una odisea del espacio, intentamos explicar la dificultad que encuentran los afectados por los abusos bancarios en las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria celebradas por consumidores para obtener una respuesta judicial rápida y eficaz por parte de los juzgados especializados en dicha materia, cuya punta de lanza fue -y sigue siendo actualmente- la archiconocida cláusula suelo.

Y es que corremos el riesgo de quedarnos cortos si consideramos como una odisea el tedioso camino que tienen que recorrer los consumidores para completar, al menos, la primera de las instancias judiciales a las que deben enfrentarse para hacer valer sus derechos y conseguir la tan ansiada declaración de nulidad de aquellas cláusulas abusivas, tales como las que imponen la asunción de todos los gastos de constitución de hipoteca –gastos hipotecarios– o las ya tan manidas cláusulas suelo.

Baste para tomar conciencia de lo expuesto el ejemplo de cualquiera de nuestros clientes, quienes, tras un fracasado intento de solucionar extrajudicialmente el conflicto mediante los trámites del mecanismo habilitado al efecto para el caso de las cláusulas suelo, llevado a cabo durante el año 2017, se deciden a interponer demanda judicial a finales de dicho año o principios de 2018…

Pues bien, para empezar, dichos escritos iniciadores de los pleitos en cuestión no se están admitiendo a trámite hasta hoy día, con más de año y medio de retraso. A continuación, la entidad demandada contesta a la demanda y, si no se allana a nuestras pretensiones de nulidad y devolución de lo pagado de más con intereses, con posterioridad, el juzgado nos señala fecha y hora para la celebración, no ya del juicio, sino de la audiencia previa al mismo, nada más y nada menos que para finales del todavía lejano año 2021. Llegada esa fecha, incluso podría demorarse aun más el litigio, ya que si se tuviera que practicar tanto la prueba testificial del empleado del banco, como el interrogatorio del cliente, por ejemplo, una vez más tendría que señalar el juzgado fecha y hora. Esta vez, para la celebración del juicio.

Y esto no ha hecho más que empezar, ya que, tras la sentencia de primera instancia, normalmente favorable al consumidor tras varios años de litigio, las entidades -aunque, cada vez, con menor frecuencia- suelen plantear recursos de apelación ante la Audiencia Provincial, teniendo como consecuencia una dilación -mayor si cabe- del pleito iniciado. Todo ello, sin contar con la posibilidad de que el mismo continúe, tras una segunda sentencia, ante el Tribunal Supremo en casación, llegándose a superar fácilmente los 5 años de contienda judicial.

Por tanto, aunque ya veníamos denunciando con anterioridad los efectos negativos de la creación de estos juzgados especializados, teniendo en cuenta que se trata de uno por provincia, puede constatarse una vez más que estábamos en lo cierto cuando anunciábamos un retroceso en la protección de los consumidores por parte de los poderes públicos, quienes de nuevo acuden al rescate de los intereses de las grandes entidades financieras en detrimento de los ciudadanos.

En este sentido, desde Red Abafi podemos afirmar rotundamente tales extremos dado que no existían razones para haber retrocedido de esta manera a la hora de dar soluciones eficaces, justas y rápidas, reduciendo drásticamente el número de juzgados que puedan conocer de estos asuntos, lo que conlleva claramente una minoración del ritmo de devolución de las cantidades pagadas injustamente por los afectados, favoreciéndose de este modo a las entidades condenadas, quienes ven cómo dichas devoluciones económicas se van produciendo de manera más escalonada en el tiempo, debido a los enormes colapsos que sufren los juzgados competentes en la materia, situación que, aunque en este caso particular hagamos referencia a la provincia de Huelva, es extrapolable prácticamente a todas las provincias del territorio nacional.

Por: Eduardo Zamora Angulo

Comparte