créditos rápidos

Crédito fácil y rápido, ¿a qué precio?

Cada vez son más los clientes que nos visitan con el problema de haber caído en la tentación de contratar un “crédito rápido”. Estos créditos, que están al alcance de todo el mundo (basta con hacer una llamada o con rellenar un formulario en internet), sin papeleo, sin esperas,…tienen unos tipos de interés elevadísimos, llegando a ser usureros por estipularse tipos de interés notablemente superiores al normal del dinero.

La TAE que se aplica a estos créditos se aleja mucho de lo que se consideran préstamos al consumo y cada vez son más los jueces que nos dan la razón cuando solicitamos la nulidad de estos créditos, basándonos en una Ley que se promulgó hace más de 100 años, en concreto en 1908, siendo esta la Ley de Usura.

Lo que se consigue mediante esta nulidad es que el consumidor únicamente tenga que devolver lo solicitado. Es decir, si el cliente solicitó un crédito de 500 euros y ha pagado hasta la fecha 600 €, la financiera tendría que devolverle 100 € y si aún sólo hubiera abonado 400 €, le quedarían por pagar 100 €. En resumen, no se pagarían intereses, únicamente lo prestado.

Este mismo procedimiento es el que seguimos en Red Abafi con las tarjetas de créditos revolving, con tipos usuarios. Solicitamos la declaración de nulidad por usura y pedimos el recalculo de las cuotas sin intereses. Son miles las familias con este tipo de tarjetas que, pese a llevar pagándose años, no terminan nunca.

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 25 de noviembre de 2015, de Pleno, señaló que la concesión irresponsable de préstamos al consumo que faciliten el sobreendeudamiento de los consumidores y traiga como consecuencia que quiénes cumplen regularmente con sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias de un elevado nivel de deuda, no pueda merecer la protección del Ordenamiento Jurídico.

Por tanto, si estás en una situación de aprieto por alguna de las situaciones anteriores, lo mejor es que te pongas en manos de un experto, como lo son nuestros abogados.

Por: Azahara Pozo Gómez

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