¿Cómo puedo acabar con las molestas comunicaciones comerciales? La Lista Robinson
A más de uno de nosotros nos han bombardeado con llamadas telefónicas, SMS o correos electrónicos de campañas comerciales publicitarias de forma incesante, bordeando el acoso y en ocasiones, a horas intempestivas, perturbando nuestro quehacer diario, nuestro trabajo o nuestro descanso.
¿Cómo protegernos ante campañas comerciales agresivas no deseadas?
La denominada Lista Robinson es un servicio gratuito de exclusión publicitaria, a disposición de los consumidores, que tiene como objetivo disminuir la publicidad que éstos reciben. Este servicio se enmarca en el ámbito de la publicidad personalizada, es decir, aquella publicidad dirigida a su nombre que recibe un consumidor, utilizando sus datos personales.
El Reglamento de 8 de abril de 2019, de acuerdo con las modificaciones de 14 de febrero de 2020, del Servicio de Lista Robinson, supervisado por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), es la norma que regula internamente su funcionamiento, y recoge, entre otros aspectos: las normas de funcionamiento del servicio, los derechos y obligaciones de los ciudadanos, los derechos y las obligaciones de las entidades inscritas en el servicio, o los procedimientos y mecanismos que las entidades inscritas deben realizar para consultar correctamente la Lista.
El tratamiento de datos personales con fines publicitarios se reconoce en el Reglamento CEE 2016/679 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Asimismo, en lo que se refiere a las comunicaciones comerciales realizadas a través de llamadas telefónicas, correo electrónico, SMS o equivalentes, es necesario tener en cuenta lo dispuesto en la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones y la Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.
Su objetivo principal es proteger los derechos fundamentales de los consumidores y ciudadanos en general, así como las libertades públicas de las entidades, estableciendo unas obligaciones para toda entidad que realice tratamientos de datos de carácter personal.
Siendo conscientes de que, para el progreso y avance de la activación económica de determinados sectores, el tratamiento de datos de carácter personal es vital, el fomento del legítimo ejercicio de dichas actividades comerciales publicitarias, debe conciliarse necesariamente con el respeto al derecho a la protección de datos de las personas usuarias. Por ello resulta necesaria la búsqueda del equilibrio entre el derecho a la protección de datos y el legítimo tratamiento de los mismos.
Por ello, la forma de evitar la publicidad no deseada de entidades o empresas a las que no se haya dado el consentimiento para que envíen publicidad por teléfono -fijo o móvil-, correo postal, correo electrónico y SMS/MMS, vendría con la inscripción en la Lista Robinson.
¿Cómo podemos inscribirnos en la Lista Robinson?
La inscripción a la Lista Robinson para los consumidores se caracteriza por:
– Ser voluntaria y totalmente gratuita, para cualquier persona física. En el caso de los menores de 14 años será necesario que lo realicen sus progenitores o sus tutores legales.
– Ser fácil de realizar: en el proceso de inscripción únicamente hay que indicar por qué medios no se quiere recibir publicidad: teléfono -fijo o móvil-, correo postal, correo electrónico o SMS/MMS.
– Recibir menos publicidad: al inscribirse, sólo podrán enviar publicidad las empresas a las que se haya otorgado un consentimiento expreso.
– Existe la posibilidad de revocar el consentimiento ya prestado para llamadas comerciales.
– No caduca, es decir, que el registro está activo hasta que el usuario decide darse de baja. Una vez inscrito, sólo es necesario volver a acceder para añadir o actualizar los datos de contacto.
– Puede tardar en estar efectiva hasta dos meses, ya que es posible que tus datos ya estén siendo utilizados por alguna campaña comercial en ejecución.
¿Es obligatorio que las entidades o empresas consulten la Lista Robinson?
Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEDP), el fichero está gestionado por la Asociación Española de Economía Digital (Adigital), y debe ser consultado por quien vaya a realizar una campaña publicitaria para excluir de la misma a las personas inscritas, por lo que la respuesta debe ser afirmativa. Si una entidad o una empresa desea enviar publicidad personalizada y no se ha dado consentimiento expreso e inequívoco para ello, tiene la obligación legal de consultar la Lista Robinson.
¿Y qué se puede hacer si se incumple por la entidad o empresa?
Para evitarlo, en primer lugar, se puede contactar con la entidad o empresa y expresar el rechazo a recibir la publicidad o comercialización no deseada y no consentida, y si hace caso omiso, que por lo general suele ser lo más frecuente, reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Y si la persona ya está inscrita en la Lista Robinson, y pese a ello, la entidad o empresa sigue realizando la comunicación comercial no consentida por el destinatario; es decir, llamando por teléfono, enviando SMS/MMS o correos electrónicos, se debería presentar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, si ya han pasado tres meses desde la inscripción.
Desde Red Abafi, estamos a su disposición para asesorarles en todos y cada uno de los pasos necesarios para acabar con las situaciones que provocan las comunicaciones comerciales publicitarias molestas, terminando con el uso indebido y no consentido de los datos personales.