Los riesgos de anticipar la devolución del impuesto de la Renta
Con la llegada del periodo la declaración de la Renta (o de cualquier tipo de subvención o ayuda, como la PAC), existe la posibilidad de que las entidades financieras nos ofrezcan anticipar el importe que la Administración les ha de abonar.
El sistema es muy sencillo. La entidad concede un préstamo por el importe de la devolución de Hacienda a reintegrar en un único vencimiento en la fecha señalada en el propio contrato. En el caso de anticipos de la devolución de la declaración de la renta suelen tener como fecha de vencimiento el 31 de diciembre del año en curso, fecha en la que la AEAT debería haber realizado las devoluciones. Aun con todo, será la entidad la que indique el plazo en el que nos concede dicha financiación.
Pero como las entidades no trabajan por altruismo, lo más seguro es que por el periodo que nos adelanten el dinero nos cobren un tipo de interés a pagar junto con el importe a devolver. Por lo tanto, antes de solicitar dicho adelanto es conveniente analizar diferentes ofertas para elegir la que más nos convenga fijándonos en el plazo y el tipo de interés que nos cobrarán. Además, hay que tener en cuenta que si no se trata de nuestra entidad habitual nos van a exigir la domiciliación del ingreso a recibir en dicha entidad o algún tipo de ingreso periódico (nómina, facturas…) que garanticen a la entidad que puedan recuperar el dinero prestado.
Porque este tipo de financiación conlleva un riesgo añadido, que no es otro sino la incertidumbre de que hayamos recibido el pago al llegar la fecha de vencimiento del adelanto. Y es que, aunque lo habitual es que la Administración cumpla con sus plazos puede ocurrir que se demore el pago (sobre todo si está en curso algún tipo de verificación documental) lo que impedirá que el dinero adelantado por el banco junto con sus intereses sea restituido en el día señalado. Desde ese momento, la entidad puede aplicarnos intereses de demora por la devolución tardía del préstamo, compensar la deuda con otros productos que tuviéramos en la entidad como cuentas corrientes o incluso instar a su reclamación judicial. Por ello no está de más preguntar en la entidad qué soluciones nos pueden dar en caso de retraso en la devolución.
El elemento a favor de este tipo de productos es que la entidad financiera va a recuperar el dinero prestado junto con los intereses y el cliente se beneficia de dicho adelanto durante un tiempo corto de tiempo por lo que los intereses que deberá pagar no serán tanto como una operación a mayor plazo. Pero como hemos visto, la incertidumbre de que no llegue la devolución o la subvención a tiempo puede perjudicarnos. Por ello, si nos vemos en la necesidad de conseguir ese anticipo, como alternativa a este servicio otra opción sería solicitar a través de los canales online de nuestro banco un préstamo por el importe que nos tienen que devolver y elegir un plazo de devolución mayor. Además, la mayoría de estos productos ofrecen la posibilidad de una amortización total sin comisiones. Por lo que, aunque los intereses que podamos llegar a pagar sean mayores o por más tiempo, evitamos el riesgo de un vencimiento antes de que nos llegue la devolución.
Pero independientemente de la opción que vayamos a elegir, siempre es recomendable perder un poco de tiempo estudiando todas las opciones y en caso de duda consultar con un profesional puede evitarnos disgustos en el futuro.