Reforma de la normativa sobre publicidad de productos y servicios bancarios:¿evitará los continuos abusos de la banca?

Reforma de la normativa sobre publicidad de productos y servicios bancarios: ¿evitará los continuos abusos de la banca?

El próximo día 15 de octubre entrará en vigor la nueva Circular del Banco de España (BdE) sobre publicidad de los productos y servicios bancarios, con el fin de adaptarla a la evolución del sector publicitario, principalmente como consecuencia del impacto de la tecnología digital, y garantizar asimismo una supervisión más eficaz de su cumplimiento.

Para ello, se establecen una serie de medidas relativas tanto al formato -forma y presentación, tipo y tamaño de letra y fuentes empleadas- como al contenido de la propia publicidad, tratando que sea clara, equilibrada, objetiva y no engañosa.

Con ocasión de la entrada en vigor de la referida nueva normativa al respecto de la publicidad de los productos y servicios bancarios, nos cuestionamos si la misma será realmente eficaz en su objetivo de procurar que la publicidad sea clara, suficiente, objetiva y no engañosa, y que las relaciones de los clientes con sus entidades en las fases posteriores a la contratación sean menos conflictivas.

Desde Red Abafi, aplaudimos y defendemos toda iniciativa del legislador dirigida a intentar evitar y poner coto a la publicidad engañosa sobre productos y servicios bancarios, así como a establecer mecanismos tanto de regulación estricta de las reglas del juego en la materia, como de sanción frente a las infracciones que de las mismas se puedan cometer por parte de las entidades e intermediarios que operan en el mercado financiero con consumidores y usuarios finales.

En este sentido, entendemos que todo esfuerzo regulatorio seguirá siendo insuficiente para evitar los continuos abusos en detrimento de los clientes bancarios, siempre y cuando el cliente continúe con la mala y generalizada costumbre de no dar la importancia que merece la celebración de determinados negocios jurídicos donde se pone en serio riesgo el propio patrimonio, tanto presente como futuro.

Y entendemos de suma importancia por parte del cliente otorgar la debida importancia a la contratación bancaria desde la apertura de una simple cuenta corriente -que puede conllevar no pocos gastos anuales en forma de comisiones, según las condiciones impuestas- hasta la formalización de uno de los contratos más importantes en nuestras vidas, como podría ser la concesión del préstamo con garantía hipotecaria para adquirir la vivienda que se convertirá en nuestro hogar o para invertir en ese local comercial que nos permitirá iniciar una actividad económica propia, pasando por la contratación de cualquiera de los productos financieros que conforman el amplio abanico comercial bancario, tales como planes de ahorro, productos complejos de inversión o toda una gama de seguros vinculados.

Por tanto, podemos concluir que no será suficiente con la acertada y necesaria adaptación por parte del órgano regulador bancario de la normativa sobre publicidad de productos y servicios bancarios a la evolución del sector publicitario para promover la transparencia y protección de la clientela, siendo indispensable verse acompañada en todo momento de una actitud proactiva y responsable por parte de los consumidores y usuarios bancarios, en el sentido de tomar todas las medidas de prevención posibles a la hora de contratar productos y servicios financieros.

Por ello, es de vital importancia tener en cuenta las siguientes recomendaciones: por un lado, comparar siempre entre ofertas de distintas entidades y, por otro lado, hacerlo bajo la supervisión de un profesional especializado externo al banco, es decir, de un abogado o asesor financiero cualificado como los que componen Red Abafi, quienes podrá comprobar que no se estén produciendo intentos de abuso por parte de quien comercializa dichos productos o servicios, así como también podrán aconsejar lo más conveniente al cliente, teniendo como referencia la defensa y protección de los intereses y derechos del consumidor bancario.

Por: Eduardo Zamora Angulo

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