Pronunciamiento del Abogado General del TJUE sobre las 'novaciones' con las que la banca intentaba evitar pleitos sobre cláusula suelo

Pronunciamiento del Abogado General del TJUE sobre las ‘novaciones’ con las que la banca intentaba evitar pleitos sobre cláusula suelo

Acaban de hacerse públicas las Conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acerca de la cuestión prejudicial, planteada por un juzgado de Teruel, que cuestiona la validez o ineficacia de las operaciones de modificación de la cláusula suelo y la simultánea renuncia al ejercicio de acciones judiciales por ambas partes, las llamadas ‘novaciones’ operaciones que llevaron a cabo muchos consumidores afectados por esa cláusula.

Primeras impresiones

Aunque es evidente que se trata de un asunto complejo y muy técnico, que requiere un estudio sosegado del mismo, ello no ha impedido a los profesionales de Red Abafi realizar un primer análisis, tras el cual podemos manifestar que la impresión es que, una vez más, el Abogado General (cuyo informe NO es vinculante, aunque sí influyente en la mayoría de ocasiones) da tantos pasos hacia delante, como hacia atrás, en un delicado equilibrio que parece destinado a complacer tanto a los consumidores, como a la banca.

Lo que se está discutiendo es la legalidad o ilegalidad de una práctica bancaria que se desarrolló en nuestro país de forma generalizada, consistente en ofrecer a los consumidores afectados por la cláusula suelo una modificación de la misma a la baja, pero sin ofrecer la entidad bancaria devolución de cantidad alguna, e incluyendo de forma inseparable una renuncia de acciones, por lo que el cliente no podría interponer demanda judicial en reclamación de las cantidades indebidamente cobradas por dicha cláusula. 

Pues bien, de las Conclusiones del Abogado General podríamos destacar que, aunque entiende que es posible que el usuario modifique una cláusula que es potencialmente nula por abusiva, y que renuncie a las acciones que pudieran corresponderle, la validez de esa modificación y de esa renuncia van a depender de que haya prestado un consentimiento libre e informado, sobre las consecuencias de tales actos.

Interpretando lo anterior, en Red Abafi entendemos, por un lado, que si el usuario no ha recibido la debida información sobre las consecuencias económicas de la modificación de la cláusula, esa modificación es inválida, y, por otro lado, que si el usuario no ha sido informado de las cantidades pagadas por el suelo que no va a poder reclamar, esa renuncia de acciones es nula de pleno derecho.

Además, entiende el Abogado General que la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones no debe considerarse válida si no ha sido negociada individualmente, pues sería abusiva, salvo que dicha cláusula figure en un contrato que tenga como objeto resolver la controversia entre cliente y entidad bancaria. En este último caso, de todas formas, la cláusula debe respetar las exigencias de transparencia establecidas por el TJUE para ser considerada válida, es decir, que el usuario que renuncia a las acciones tiene que ser consciente de los derechos que tiene y podría hacer valer y que, con esta renuncia, no va a poder hacerlos valer, y de todas las consecuencias que conllevarían firmar el documento que contiene esa renuncia. 

Con sus Conclusiones, de nuevo el Abogado General nos remite al estudio de cada caso concreto, pero la experiencia de los letrados de Red Abafi nos dice que en la mayoría de los casos será muy difícil, o imposible, probar por parte de las entidades bancarias que informaron al cliente tanto de las consecuencias económicas de la modificación de la cláusula, como de las consecuencias de renunciar a las acciones que le corresponden al consumidor. 

Por ello, lanzamos la recomendación a los usuarios afectados de que, antes de iniciar el ejercicio de acciones judiciales, entreguen toda la documentación a abogados expertos en la materia a fin de evaluar la información que se entregó en cada caso concreto

Para cualquier información adicional, contacto o atención personalizada con los abogados y economistas más formados en Derecho Bancario y Financiero -los miembros de Red Abafi-, les recordamos el enlace de nuestra web donde pueden consultar nuestro equipo de profesionales.

 

 

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