Los créditos ICO-COVID: llueve sobre mojado

Justo este mes se cumplen 3 años de la dramática situación que se estaba viviendo en todo el mundo a causa de la pandemia de Covid-19. En marzo de 2020, con el confinamiento obligatorio decretado por el Gobierno, se creó una psicosis de inminente e inevitable frenazo de la economía, refrendado por la caída de ingresos de actividad comercial en empresas, pymes y autónomos.

En previsión de la situación sobrevenida y su posible repercusión en la economía, se lanzaron “ayudas” para reforzar la liquidez del tejido productivo y comercial, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), de las cuales, la más importante fueron las líneas de Avales de Liquidez e Inversión.

Empujados por la situación sobrevenida, muchas empresas y autónomos solicitaron un crédito ICO, poniendo el Gobierno a su disposición, con datos a 30 de junio de 2022, una financiación de más de 140.700 millones de euros, de los cuales algo más de 100.000 tuvieron como beneficiario a unas 660.000 PYMES y autónomos, de los más de 3.000.000 censados en territorio nacional.

De ellos se estima que en torno al 25% está en riesgo de impago con lo cual se plantea un escenario de dificultades en la devolución de dichos préstamos en los que una gran parte estarían avaladas por los propios empresarios, como personas físicas, con lo que, en su calidad de avalistas podrían verse obligados a pagar estos préstamos con su patrimonio.

Dichas facilidades financieras se comercializaron por las entidades de una forma un tanto agresiva, con un gancho que resultaba lapidario a todas luces… “El patrimonio comprometido por el avalista sería del 20%, corriendo a cargo del Estado el restante 80%”. Se recomendaba y convencía a las empresas para pedir el ICO-COVID. Conseguían que con esa nueva financiación se cancelaran préstamos anteriores, que no tenían aval, a pesar de ser una práctica no permitida por el propio ICO. Como la empresa había firmado un crédito ICO que exigía aval, el banco se aseguraba así de tener la garantía del avalista, que respondía con todos sus bienes en caso de impago.

La suscripción de estos préstamos y/o créditos se realizó en un momento en que la población estaba confinada y las empresas cerradas. Muchas de estas pólizas se firmaron de forma remota y sin haber acudido previamente los contratantes a la oficina para obtener el asesoramiento necesario. La información que proporcionaba el banco, en muchas ocasiones, no era más que la que constaba en sus propias páginas web. Y así nos consta, como por ejemplo Bankinter, ya que si entramos en la dirección https://www.bankinter.com/blog/empresas/prestamos-ico-coronavirus-avales podemos ver:

Este corta-pega no deja lugar a dudas sobre la “supuesta” responsabilidad asumida por los avalistas, el problema surge cuando la entidad reclama el 100% del préstamo al avalista. Llegados a este punto nos surge la siguiente cuestión ¿Qué sentido tiene enfatizar un régimen de garantías 80/20 o 70/30 a través de la rueda de prensa del Presidente del Gobierno del 17 de marzo, dar tanta publicidad a través de los trípticos de comercialización…cuando los únicos beneficiados son los bancos?

Esta actitud por parte de la banca ha convertido un producto diseñado, en esencia, para ayudar al tejido productivo y comercial español, en un producto tóxico, existe una desinformación precontractual por parte de los bancos en el momento del asesoramiento, dado que, a los empresarios, para la contratación de estos créditos ICO, no se les informó sobre los riesgos que corrían.

Todo ello se está llevando a cabo con el silencio cómplice del ICO, en un intento de lograr aligerar su responsabilidad, pescando a río revuelto.

Y llueve sobre mojado, nos hartaremos de escuchar en la campaña electoral que se avecina eso de que “el autónomo y la PYME es la base de la economía y merece todo el apoyo”, pero a la hora de la verdad se le abandona a los pies de los caballos como ha sucedido tantas y tantas veces, no sólo con el tema objeto de este artículo, léase sin ir más lejos el suelo en los préstamos donde jurídicamente se equipara un autónomo a la gran empresa, privándoles de la protección que sí se concede al consumidor particular.

Si es usted uno de los afectados, desde Red Abafi ponemos a su disposición nuestro equipo de abogados y economistas con amplia experiencia en el campo del derecho bancario, con la finalidad de que no tome ninguna decisión sin conocer las implicaciones de la misma.

 

Autor: Eugenio García

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