El derecho al complemento de paternidad para pensiones entre 2016 y 2021
Antes de la entrada en vigor en Febrero de 2021 del nuevo complemento a las pensiones de jubilación, incapacidad o viudedad denominado “complemento para la reducción de la brecha de género”- que está previsto con el propósito de reducir el perjuicio económico en la vida laboral (tanto en hombres como en mujeres) que supone el cuidado de un hijo- estaba regulado desde al 1/1/2016 un complemento similar pero sólo destinado a las mujeres denominado complemento por aportación demográfica a la Seguridad Social.
Pues bien, el TJUE en su sentencia nº C-450/18, de 12 de diciembre de 2019, consideró que la norma española era contraria a la Directiva 79/7/CEE, relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
Conclusión: el padre, si cumplía con los requisitos establecidos, tenía el mismo derecho que la madre a solicitar dicho complemento a su pensión.
¿En qué consiste dicho complemento? Todos los varones pensionistas que, teniendo dos o más hijos, hubieran accedido entre el 1/01/2016 y el 3/02/2021 a pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, tendrían derecho al cobro del complemento de maternidad, con carácter retroactivo, que ascenderá a un 5% de la pensión en caso de ser padre de dos hijos, 10% de la pensión si lo es de tres y 15% de la pensión en el supuesto de cuatro o más hijos, con intereses legales y revalorizaciones.
¿Ha prescrito la posibilidad de solicitarlo? No. Tras recientes sentencias del Tribunal Supremo, El Instituto Nacional de la Seguridad Social emitió el Criterio de gestión nº 5/2024 por el que reconocía que una vez reconocida la pensión, el derecho al complemento deviene en todo caso en imprescriptible
¿Es compatible dicho complemento si el cónyuge está percibiendo el mismo o el actual complemento para la reducción de la brecha de género? El complemento por maternidad por aportación demográfica puede ser otorgado al padre incluso si la madre ya lo recibe por los mismos hijos, sin que ello implique una reducción del complemento de la madre.
En cambio, si la madre está disfrutando del actual complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, aplicable a pensiones desde el 04/02/2021, se descontaría al padre la cuantía que percibe la mujer por el complemento de brecha de género
¿Qué documentos se necesitarían?
Para acreditar cumplir con los requisitos sería necesario aportar:
- DNI
- Acreditación reconocimiento de la pensión contributiva.
- libro de familia y/o certificado de nacimiento de los hijos.
Si lo necesitas, desde RED ABAFI podemos ayudarte a tramitar la solicitud de complemento. No tienes mas que ponerte en contacto con nosotros.
Autor: José Ramón Elrío Carela