Cláusulas suelo, ¿procede el reintegro de los importes anteriores a mayo de 2013?

Cláusulas suelo, ¿procede el reintegro de los importes anteriores a mayo de 2013?

Por: Álvaro González-Astolfi Infante

En el ya amplio bagaje de las conocidas como cláusulas suelo hay varias fechas que están marcadas a fuego tanto por los afectados como por las entidades. Una de ellas, por su trascendencia en cuanto a los efectos del reintegro, es la de 21 de diciembre de 2016, que es cuando el TJUE estableció que, en caso de nulidad, no podía haber limitación temporal alguna para la devolución de todas las cantidades abonadas en su aplicación.

Así, uno de los principales interrogantes, sino el que más, a partir de dicho momento fue aclarar la situación de los que habían obtenido sentencia con anterioridad a dicha fecha.

Por un lado, se encontraban aquellos que se vieron beneficiados por las acciones colectivas, y no se personaron de manera individual en dichos procedimientos, como son los casos de BBVA, Cajamar y Caixa Galicia (hoy Abanca), por sentencia de 9 de mayo de 2013; los de CajaSur, por sentencia de fecha 24 de marzo de 2015; y los de Banco Popular, por sentencia de fecha 23 de diciembre de 2015. Los clientes de estas entidades vieron como se les dejaba de aplicar la cláusula suelo, pero no suponía reintegro de cantidad alguna. Sin embargo, sí pueden reclamar los importes abonados por la cláusula suelo hasta que se la eliminaron, tal y como ha refrendado la Sentencia del Tribunal Supremo de 24 de febrero de 2017.

Por su parte, quienes obtuvieran sentencia firme en procedimiento individual, con anterioridad al 21 de diciembre de 2016, y el reintegro de cantidades fue limitado, no podrán reclamar la totalidad de dichos importes, ya que rige el principio de cosa juzgada y no cabe revisar esa sentencia firme, según ha confirmado el Auto del Tribunal Supremo de 4 de abril de 2017.

Por lo tanto, es importante aclarar a los afectados por las acciones colectivas, que no ejercitaron acción individual en su momento, que ahora sí lo pueden hacer para reclamar los importes abonados. Aún no es tarde para recuperar lo que pagaron de más.

Por: Álvaro González-Astolfi Infante

 

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