Banco Popular: crónica de una muerte anunciada
La adquisición por un euro del Banco Popular por parte del Banco Santander proporciona tranquilidad en cuanto a la continuidad de la actividad bancaria para sus clientes, pero deja en un reguero de pérdidas para los accionistas y bonistas que solo mediante reclamación judicial podrán resarcirse de las mismas.
Desde hace tiempo Red Abafi llevaba advirtiendo de la comprometida situación de Banco Popular, temiendo que pudiera convertirse en una nueva Bankia.
Hoy se ha sabido que el FROB se ha visto obligado a intervenir el Banco Popular Español dada su inviabilidad, y, tras reducir capital, lo ha vendido al Banco Santander por un euro. La operación consiste según resolución de dicho organismo, en lo siguiente:
1.- Se reduce el capital actual a cero, es decir, las acciones actuales se amortizan y pierden todo su valor, a fin de crear una reserva para cubrir deudas.
2.-Se convierten en acciones las obligaciones convertibles y participaciones preferentes lo que supone un aumento del capital social. Sin embargo, estas nuevas acciones también se amortizan y pierden su valor con la misma finalidad: incrementar la reserva con que cubrir deudas.
3.- También se convierten en acciones la deuda subordinada, con igual efecto, el aumento de capital. Son estas acciones las que se venden al Banco Santander por 1 euro en total, lo que significa que los titulares de estos productos también pierden su capital.
De hecho, la presidenta de Banco Santander, Ana Botín, ya ha manifestado que para el precio de un euro por el que se ha comprado el Popular se han tomado en cuenta las demandas de los accionistas y titulares de estos instrumentos interpongan para recuperar su dinero, por lo que el propio banco da por hecho que los Juzgados y Tribunales tendrán una nueva materia a la que enfrentarse.
¿Y qué sucede con aquéllos clientes que ya tuvieran demandas interpuestas contra el Banco Popular, tanto por las obligaciones subordinadas convertibles como por otro tipo de productos? Sin perjuicio de estudiar las condiciones de la compra -pues existen ejemplos como Bankpyme en que se pretendió por parte del banco adquirente no hacerse cargo de tales responsabilidades, estando esta cuestión pendiente de la decisión del Tribunal Supremo-, en principio la compra por parte de Banco Santander provoca lo que jurídicamente se denomina “sucesión procesal”, y será esta entidad la que afronte la defensa de los intereses del Banco y las correspondientes Sentencias condenatorias.
Igual sucesión se produce para el resto de los clientes de Banco Popular, cuentacorrientistas, depositantes y con fondos de inversión que no sean propios de aquél: a partir de ahora se ocupará Banco Santander de gestionar esos ahorros e inversiones.
Quizá lo que nos tenga que preocupar y mantener alertas sea el hecho relevante comunicado por Banco Santander por el que informa de una ampliación de capital por importe de 7.000 millones de euros con derecho de adquisición preferente para sus actuales accionistas, con el fin de realizar las necesarias provisiones que cubran los pasivos y responsabilidades que asume, procedentes del banco adquirido.
¿Nos encontraremos ante una operación semejante a la de los Valores Santander emitidos en 2007 para la compra de ABN AMRO y cuyas fatales consecuencias para quienes los suscribieron son de todos conocidas?
Desde Red Abafi vigilaremos de cerca esta operación y con la profundidad y objetividad que nos caracteriza, seguiremos advirtiendo a la ciudadanía de todos aquellos movimientos que pudieran suponer un menoscabo a sus ahorros.
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