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IRPH - Red Abafi

Juzgado de Baracaldo (Vizcaya) declara la nulidad de la cláusula de IRPH introducida en una hipoteca del BBVA

 

El juzgado de primera Instancia número 6 de Baracaldo en Bizkaia, en sentencia nº 51/ 2018 de 31 de enero, ha resuelto favorablemente una demanda en la que se solicitaba la nulidad del Indice denominado IRPH, siendo el primero en hacerlo en Vizcaya tras la sentencia del Tribunal Supremo sobre el Índice de Referencia de Préstamos hipotecarios (IRPH).

A pesar de lo establecido por el Tribunal Supremo en sentencia 669/ 17 de 14 de diciembre, que otorgaba validez al IRPH, al tener este índice un carácter oficial, la lectura de dicha sentencia permite, por una parte, argumentar varias cuestiones que la sentencia de Baracaldo ha tenido en cuenta, y por otra parte, y como ya se están preparando en varios tribunales, la cuestión sobre la posible abusividad del citado índice y su sometimiento al denominado control de transparencia, que será planteado ante los Tribunales Europeos mediante cuestiones prejudiciales.

La sentencia de Baracaldo argumenta, con apoyo en resoluciones procedentes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que el IRPH puede perfectamente ser sometido al control de inclusión y debe ser analizado también la capacidad que el cliente tuvo de conocer el citado índice IRPH y la información que el cliente recibió sobre dicho índice y su cálculo en el momento de contratar, sin obviar la nula posibilidad de negociación que tenia el cliente.

La condena pasa por declarar la nulidad del IRPH, y la devolución de todas las cantidades que el cliente haya abonado derivadas de su aplicación.

Por: Marisa Gracia Vidal

 

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