JUSTICIA EUROPEA CON MAYÚSCULAS

El TJUE determina la devolución TOTAL a los millones de afectados por la cláusula suelo

JUSTICIA EUROPEA CON MAYÚSCULAS

El TJUE determina la devolución TOTAL a los millones de afectados por la cláusula suelo

Finalmente el TJUE ha determinado que en caso de nulidad de la cláusula suelo las entidades financieras deberán devolver la totalidad de lo cobrado de más por la aplicación de dicha cláusula, sin limitación temporal alguna.

Los miembros integrantes de la RED ABAFI sentimos como nuestro este éxito para la Justicia Europea y Española, y no por casualidad, pues entre nuestros miembros se encuentran los abogados que consiguieron las ya históricas Sentencias del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013 y 24 de marzo de 2.015, que supusieron el inicio de este largo y tortuoso camino.

En España, el Tribunal Supremo, en su ya histórica Sentencia de 9 de mayo de 2013, declaró que dichas cláusulas son nulas si el banco no informó con la debida transparencia al cliente. PERO el Alto Tribunal, utilizando argumentos más económico-políticos que jurídicos que, para más INRI, favorecían al infractor, a la vista del impacto en las cuentas de resultados para el sector bancario, determinó que no cabe la retroactividad total, y que las entidades financieras solo debían devolver lo cobrado desde aquel 9 de mayo de 2013.

Miles de sentencias favorables nos contemplan y llegado el final épico de esta aventura, no podemos dejar de enorgullecernos por el trabajo, bien hecho, de luchar hasta el final por lo que es JUSTO.

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