Divorcios y animales
Antaño cuando se hablaba de divorcio siempre se relacionaba directamente con un procedimiento judicial, con más o menos complicación según las circunstancias concretas, en el que, además de disolver el matrimonio, se tenía que tratar principalmente la cuestión económica, con la pensión de alimentos y compensatoria, en su caso, así como el régimen de visitas de los hijos.
Sin embargo, los cambios normativos y la evolución social han hecho que no todos los divorcios sean así.
Para empezar, los tribunales ya no tienen la competencia exclusiva, por cuanto que los notarios también pueden divorciar, eso sí siempre y cuando sea de mutuo acuerdo y no haya hijos menores de edad o mayores con discapacidad. Requiere de asistencia letrada y normalmente son mucho más rápidos que los judiciales, lo que ha convenido que se le conozca como divorcio express.
En cuanto a la regulación de las medidas sobre los hijos menores, el régimen de visitas ha caído en desuso, y la custodia compartida es la que se está imponiendo en beneficio de los menores y de los propios padres, cuando las circunstancias lo permitan.
Además, los convenios reguladores son más exhaustivos a la hora de recoger toda la casuística de la vida de los menores, no solo su sustento, sino su formación académica y extraescolar, acceso a dispositivos, quien los recoge, donde pueden estar, que tienen vetado, … lo que no hace más que adaptarse a la realidad social.
Esta realidad social ha evolucionado igualmente en el sentido de bajar, de manera considerable, la natalidad y crecer exponencialmente la tenencia de animales domésticos, lo que ha llevado, incluso, a ser considerados miembros de la familia.
Desde 2022, en que entró en vigor la Ley de Bienestar Animal, los animales han dejado de ser entendidos como bienes muebles, en concreto semovientes, para ser considerados seres dotados de sensibilidad, lo que consecuentemente ha generado que en los divorcios donde haya animales se tiene que recoger expresamente.
Recientemente, hemos tenido un caso así asistido por nuestra compañera Mª Carmen Sánchez Marín, que ha logrado -no sin grandes esfuerzos- llevar a cabo el divorcio notarial de una pareja sin hijos, pero con un perro, de tal forma que hubo que describir de manera detallada quien se queda con el perro, que visitas tenía el otro miembro de la pareja, como contribuían a su mantenimiento, incluyendo la asistencia veterinaria, entre otras cuestiones.
Todo ello no hace más que remarcar que el derecho se adapta a la realidad social, aunque a veces sea más tarde de lo deseado, y que los miembros de Red Abafi también asesoramos en otro tipo de materias, al margen de las ya habituales.
Consulte sin compromiso con nuestros profesionales en el correo info@redabafi.es o en el teléfono operativo para toda España 93 380 34 94
Autor: Álvaro González-Astolfi Infante
Abogado RED ABAFI CÓRDOBA