Novedades concurso Gedescoche: conoce y defiende tus derechos

Desde RED ABAFI, estamos atendiendo numerosas consultas y obteniendo resultados positivos en los Tribunales, en reclamación de este tipo de contratos de “préstamos a cambio de tu coche”, que resultan tan perjudiciales para los clientes.

Recordemos que este tipo de préstamo supone la entrega del vehículo en garantía del préstamo, pagando unas cuotas muy elevadas como contraprestación a poder seguir usando tu propio vehículo.

Aunque hace unos meses publicamos un artículo sobre el concurso de GEDESCOCHE, que se había iniciado el año pasado, ante el repunte de consultas y la inquietud de los consultantes por la gravedad de la situación, queremos actualizar dicha información, y poner en antecedentes a los afectados.

La empresa GEDESCOCHE continúa en situación de concurso de acreedores, aunque parece que ha habido avances en cuanto a la venta de la empresa.

Mientras, los afectados que quieran reclamar por el préstamo recibido y posiblemente abusivo, deben realizar su demanda ante el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Valencia.

Si se llegase a producir la adquisición de la actividad comercial que tenía GEDESCOCHE por un tercero, la reclamación debería presentarse frente a este tercero. No obstante, los clientes no han recibido noticias sobre una posible subrogación en una nueva empresa, y algunos afectados siguen sin saber muy bien cómo actuar.

Recordamos que para la defensa de los afectados y para valorar la conveniencia de reclamar es muy importante contar con la siguiente documentación:

  • contrato y anexos
  • la totalidad de los justificantes de pagos realizados a la empresa.

No queremos dejar de insistir en que los préstamos con este tipo de compañías no afectan únicamente a GEDESCOCHE. Hay otras compañías tales como IBANCAR, FLEXIAUTO, CARBACK con contratos en los que hemos detectado algunas situaciones reclamables, habida cuenta de que tienen unos intereses abusivos,  incluyendo en el mal llamado “alquiler” de tu propio coche, unas cuotas por unos supuestos servicios que no son tales.

No debe olvidarse, por otro lado, que entregar la propiedad del vehículo como garantía del préstamo es una práctica ilegal, aunque se disfrace de opción de compra o dación en pago.

Recientemente, en RED ABAFI, hemos obtenido una nueva sentencia favorable en este ámbito, Sentencia de la Audiencia Provincial de Vizcaya, Sección 5ª, que ha confirmado la nulidad del contrato del cliente con IBANCAR WORLD, declarada por el Juzgado de Primera Instancia, con el siguiente resultado:

“…DEBO DECLARAR Y DECLARO que el contrato de préstamo suscrito entre ambas partes el 8 de enero de 2020, es nulo por contener un interés usurario, de modo que la demandada no podrá cobrar ningún interés ni comisiones por las cantidades dispuestas por el cliente, declarándose, por tanto, que la cantidad a devolver por parte del XXXX es exclusivamente el crédito del que ha dispuesto, así como se declara la nulidad de la cláusula Sexta del Contrato y los documentos compraventa y dación en pago del vehículo del Sr. XXXXX, de modo que debo condenar y condeno a IBANCAR WORLD, S.L. a reintegrar al actor, en su caso, cuantas cantidades abonadas durante la vida del crédito excedan de la cantidad dispuesta, inclusive la cuota de servicios junto con su correspondiente IVA, más el interés legal desde la interpelación judicial, más los intereses de mora procesal desde el dictado de la presente resolución, lo que se determinará en ejecución de sentencia…”.

 

Como puede observarse, el problema puede tener solución, ya que los Tribunales lo tienen claro.

Por eso, si está afectado por este tipo de situaciones, no deje de informarse sobre su contrato y sus posibilidades de reclamación.

Los letrados que conformamos RED ABAFI trabajamos en todos los Juzgados a nivel nacional, por lo que no dudes en contactar con nosotros; te daremos la información que necesitas y todas las opciones que tienes para defender tu derecho.

 

 

Autora: Marisa Gracia

Abogada RED ABAFI País Vasco

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