Participaciones preferentes
¿Qué son?
Vendidas como depósitos a plazo fijo, y con un atractivo interés inicial que se cobraba trimestralmente, eran, en teoría, el producto ideal para la clientela conservadora con poca o nula tendencia al riesgo.
Lo cierto, sin embargo, es que las participaciones preferentes se emitieron por los bancos, cajas e incluso empresas (las más conocidas son las Eroski, SOS y Endesa) para conseguir fondos sin tener que repartir beneficios como a los accionistas, mientras que sí compartían las pérdidas al tiempo que si el cliente quería cancelar su depósito, se encontraba con que en realidad se trataba de un producto perpetuo que para deshacerse de él había que venderlo en un mercado distinto al de las acciones y por el precio que se le diera, que lógicamente era más bajo cuanto peor era la situación de la emisora, hasta llegar al caso de Bankia o Banco Gallego cuya insolvencia provocó su intervención por el Fondo de Reestructuración Bancaria (FROB) dejando a cero el valor de dichas participaciones y su canje obligatorio por acciones provocando pérdidas de más del 70% a sus titulares.
¿Qué dicen los Tribunales?
La comercialización masiva entre sus clientes sin tener en cuenta el perfil inversor de cada uno y sin informar de las verdaderas características y riesgos del producto ha creado una auténtica marea de Sentencias, hasta del Tribunal Supremo, que han declarado la nulidad de estos contratos y la devolución del dinero invertido.