Acciones de entidades financieras

Acciones de entidades financieras. Por qué la CNMV las considera instrumentos financieros especialmente complejos

El pasado lunes día 12 de marzo, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), organismo encargado de la supervisión e inspección de los mercados de valores españoles y de la actividad de sus participantes, aprobó una circular en virtud de la cual los accionistas del sector bancario tendrán que firmar que entienden lo que han comprado y el riesgo de resolución que asumen, hasta el punto de perder su inversión.

En la propia circular, la CNMV afirma que el objetivo de la misma es aumentar la protección del inversor minorista y mejorar la transparencia en la distribución de los instrumentos financieros.

No obstante, en Red Abafi hacemos una lectura más allá de la propia literalidad del texto y entendemos que la razón principal que ha motivado la inclusión de estas novedades en dicha circular respecto de la adquisición de acciones exclusivamente relativas a entidades de crédito no responde precisamente a proteger a los consumidores, sino, más bien, al contrario; y es que llama la atención que no sean objeto de regulación por esta circular las acciones del resto de cotizadas, más allá de las relativas a los bancos.

Este hecho denota, a nuestro parecer, una clara intención de cubrir las espaldas a las entidades de crédito frente a situaciones como la vivida recientemente con la resolución de Banco Popular, en el sentido de descargar de responsabilidad a las mismas frente a los accionistas que firmen las cláusulas tipo sobre conocimiento informado respecto de los riesgos que asumen al adquirir acciones, pretendiendo que estos no puedan reclamar judicialmente con éxito sobre la base del desconocimiento de la inversión.

En Red Abafi, por tanto, no compartimos que el objetivo real de la CNMV haya sido la protección de los consumidores y usuarios, ya que, en caso de que las acciones pudieran considerarse como un producto especialmente complejo, debería incluir también a todas las cotizadas y no solo a las entidades financieras, como ha decidido el organismo supervisor.

Una vez más, comprobamos cómo desde las instituciones públicas se otorga un trato distinto cuando se trata de entidades financieras, al igual que ha ocurrido con la gestión de la problemática de las cláusulas suelo, con la creación del cuestionado mecanismo de resolución extrajudicial y de los juzgados especializados en cláusulas hipotecarias abusivas, que, lejos de solventar la situación, están causando en muchos casos más perjuicios a los afectados.

Por: Eduardo Zamora Angulo

 

 

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